Después de 8 años de intensa labor para darle cumplimiento a la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Junio del 2008, que sentó las bases para el establecimiento de un nuevo modelo para impartir justicia en el país, este 18 de junio del 2016 entró en plena vigencia el nuevo Sistema de Justicia Penal en México.
Ello constituye un desafío para la sociedad mexicana y particularmente para la comunidad jurídica del país, después de haberse formado bajo la lógica de un sistema tradicional procesal de corte inquisitivo, cuya función era la obtención coercitiva de reconocimiento de culpabilidad por parte de los imputados.
Anteriormente el proceso era escrito en su totalidad y secreto, poco respetuoso de las garantías individuales del imputado, donde los testigos se convertían en actas y las partes se comunicaban por medios escritos, en el cual, la función del Juez, si lo había, era la de acusar y no ser una especie de observador externo, imparcial.
Lo anterior, además de generar un proceso largo y fastidioso, plagado de corruptelas y en muchísimos casos acabando en impunidad, provocó una falta de confianza social respecto de la administración de justicia, que se tradujo en niveles ínfimos de denuncias, los cuales, hasta hoy prevalecen.
En dicho sistema inquisitorio, el acusado ante el Estado, tenía la calidad de culpable, hasta que se demostrara lo contrario.
El nuevo modelo penal acusatorio y oral, tiene por objeto el esclarecimiento de los hechos, busca proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.
El proceso plantea la división de tareas entre los involucrados en el juicio: el Ministerio Público (MP) tiene la obligación de acusar y sustentar la acusación, el Juez únicamente debe resolver sin suplir las deficiencias de la parte acusadora y, el imputado, debe contar con la posibilidad de defenderse en un proceso basado en 5 principios:
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Buscando acabar con la secrecía del proceso penal, al abrir las etapas del juicio al escrutinio público, con audiencias públicas, permitiendo la asistencia de los ciudadanos y medios de comunicación, salvo casos de excepción que determine la ley. - Contradicción.
Buscando el libre debate entre las partes que intervienen en el juicio; la defensa tiene la posibilidad de contradecir las imputaciones que formule el MP. - Concentración.
El juicio oral que incluye los alegatos de las partes, el desahogo de las pruebas, la deliberación de los jueces y la justificación de la sentencia, se debe llevar a cabo en una sola audiencia. - Continuidad.
La audiencia debe ser continua con el fin de que el debate no sea interrumpido. Cuando no sea posible desahogar la audiencia en un solo día, se podrán declarar recesos para continuar con la audiencia en sesiones sucesivas, hasta llegar a su culminación. - Inmediación.
Toda audiencia debe ser desahogada en presencia del Juez, sin que pueda delegarse en ninguna persona el desahogo y valoración de pruebas.
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En el nuevo sistema adversarial y acusatorio, el imputado debe ser considerado y tratado como inocente en todas las etapas del proceso, mientras no se declare su culpabilidad por una sentencia ejecutoria.
Si bien este nuevo sistema promete grandes cambios para la justicia penal en México, no está exento de riesgos, toda vez que los altos estándares que requiere en la actuación de policías, peritos, investigadores, ministerios públicos, jueces y defensores, pueden verse afectados por las carencias que prevalecen, cuyas fallas provocarían de nueva cuenta impunidad.
Por lo anterior, el conocimiento del funcionamiento del nuevo sistema, es un obligado para todos, ya que en la medida en que nos familiaricemos con él, conozcamos nuestros derechos y obligaciones, podremos elevar nuestro nivel de confianza, incrementar el nivel de denuncia y abatir así la impunidad, mediante un proceso sistémico, justo y punitivo.
Para comenzar a familiarizarte con este nuevo sistema de justicia penal, te recomendamos la lectura de los siguientes documentos:
1) Manual sobre el Sistema Penal Acusatorio y Justicia Alternativa, publicado por México Unido contra la Delincuencia A.C.
2) ABC del Nuevo Sistema de Justicia Penal en México. Publicado por el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE).
3) El decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales. Diario Oficial de la Federación. Viernes 17 de Junio del 2016.
4) Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio del D.F. Artículo del Manual de Seguridad.
5) Nuevo Sistema de Justicia Penal. Revista semestral del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal.