Muchas de las personas victimizadas, que claman y exigen castigos severos para los criminales, tienden a centrarse más en la teoría de la justicia retributiva, basada en la ideología de que los delincuentes deben ser castigados, más que en la reparación, es decir, en el hecho de que los delincuentes deberían compensar a las víctimas por los daños ocasionados.
Quienes consideran que encarcelar al mayor número de delincuentes, incluso a infractores menores, es lo mejor que puede y debe hacerse, quizá no están contemplando que la justicia criminal, a menudo y si acaso, consiste en hacer justicia para el acusado, pero no para la víctima.
La ciudadanía paga el precio de ser victimizada y paga, además -la que contribuye con sus impuestos-, el precio de llevar o intentar llevar a los acusados ante la justicia y, después, paga su encarcelamiento hasta que el delincuente sale de nueva cuenta a las calles, en muchos casos, para reincidir.
Hace algunos años, debido a lo anterior, surgió un concepto que representa una nueva forma de responder al comportamiento delictivo, balanceando las necesidades de la comunidad, de las víctimas y de los delincuentes, que a pesar de generar diferentes posturas e interpretaciones, e incluso sin lograr el consenso, propone una buena alternativa para hacer justicia: la justicia restaurativa.
Este concepto considera realizar un proceso restaurativo, donde la víctima, el delincuente y cualesquiera otras personas o miembros de la comunidad afectada por un delito, participen conjuntamente de forma activa en la resolución de las cuestiones derivadas del delito, por lo general con la ayuda de un facilitador, con miras a alcanzar un acuerdo o resultado restaurativo.
Quienes practican la justicia restaurativa consideran 7 objetivos fundamentales:
Apoyar a las víctimas.
Al darles voz y motivarlas a expresar sus necesidades, amén de permitirles participar en el proceso de resolución y ofrecerles ayuda.
Reparar las relaciones dañadas por el crimen.
Llegando a un consenso sobre cómo responder mejor a los delitos, fortaleciendo a la comunidad, a la vez de sanar y prevenir nuevas heridas.
Denunciar el comportamiento criminal como inaceptable.
Al hacerlo, reafirma los valores de la comunidad, cuando al denunciar se toman en cuenta las reglas pero, asimismo, las circunstancias individuales de la ofensa, la víctima y el delincuente.
Motivar la responsabilidad de todas las partes relacionadas.
Particularmente la de los delincuentes, quienes asumen de forma más fácil la responsabilidad de su comportamiento y sus consecuencias.
Identificar resultados restaurativos y directos.
Más allá de enfocarse únicamente en las reglas rotas y el castigo a imponer, los procesos restaurativos se enfocan a restaurar los daños ocasionados a las víctimas.
Reducir la reincidencia.
Motivando el cambio en los delincuentes y facilitando su reintegración a la comunidad. El proceso se ocupa del comportamiento pasado del infractor, pero se preocupa, además, de su comportamiento a futuro.
Identificar los factores que causas el delito.
Al permitir una discusión franca de los antecedentes del delito con un espíritu de acuerdo, permite encontrar las causas del mismo y proporcionar información a las autoridades para la implementación de estrategias de reducción y prevención de delitos.
Si bien debemos celebrar en México la llegada del Nuevo Sistema de Justicia Penal, que propone la reparación del daño, debemos contemplar el impulsar programas de justicia restaurativa.
Como sociedad, no podemos ser simplemente espectadores, esperando que los delincuentes continúen irrumpiendo en nuestros ambientes, tenemos la obligación de convertirnos en protagonistas, rompiendo los paradigmas de prevención y justicia, impulsando, entre otros, los programas de justicia restaurativa.
Para profundizar en el tema, te recomendamos la lectura del documento Manual sobre programas de justicia restaurativa, publicado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.